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	<title>LaWebera.es &#187; Temas Legales</title>
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		<title>Webmasters y Bloggers: empresarios en internet</title>
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		<pubDate>Mon, 19 Oct 2009 10:05:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Verónica Milán</dc:creator>
				<category><![CDATA[Temas Legales]]></category>
		<category><![CDATA[Blogs]]></category>
		<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Webmaster]]></category>

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		<description><![CDATA[Vamos a intentar descifrar como los webmaster o dueños directamente de las paginas web o blogs pueden contabilizar estos flujos de ingresos y gastos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hoy en d&iacute;a una de las zonas m&aacute;s oscuras fiscalmente y que afecta muy  directamente al sector al que pertenece este blog es la forma en la que  se contabilizan, anotan, registran o <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/legal/facturar-diseno-web-sin-ser-autonomo.php">facturan</a> tanto de forma  empresarial como aut&oacute;noma muchos de los <strong>beneficios que se generan en Internet </strong>para los editores de blogs o webmaster. </p>
<p>Esta  es la primera de una serie de entradas en la que vamos a tratar sobre  esto y sobre todo vamos a intentar descifrar como los webmaster o  due&ntilde;os directamente de las paginas web o blogs pueden contabilizar  estos flujos de ingresos y gastos. En definitiva, <strong>son actividades empresariales o profesionales en la red.</strong></p>
<p>  Antes de profundizar en los aspectos fiscales y laborales de estas  actividades, conviene hacer una peque&ntilde;a rese&ntilde;a de los formatos m&aacute;s  habituales de <a href="http://www.blog.lawebera.es/como-ganar-dinero-con-tu-web/">obtenci&oacute;n de ingresos a trav&eacute;s de internet</a> (<a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/blogs/como-ganar-dinero-blog.php">II</a>), dado que la  forma fiscal en la que habr&iacute;a que tenerlos en cuenta est&aacute; &iacute;ntimamente  relacionada:</p>
<h2>Formas de ganar dinero en internet </h2>
<p><a href="https://www.google.com/adsense/login/es/?hl=es">Google Adsense</a>, <a href="http://www.doubleclick.com/">DoubleClick</a>, <a href="http://www.adbrite.com/">Yahoo Adbrite</a>, <a href="http://impresionesweb.com/">Impresiones Web</a>, <a href="http://www.adlinkmedia.es/">Adlink</a>,  etc: Todos ellos son m&eacute;todos de intermediaci&oacute;n entre las empresas y los  bloggers-webmasters. Normalmente el dinero se recibe en formato cheque,  aunque tambi&eacute;n se puede llegar a recibir de forma electr&oacute;nica mediante  PayPal o tambi&eacute;n con transferencia bancaria. En la mayor&iacute;a de estos  servicios, nos ofrecen la posibilidad de emitir factura, aunque muchas  de ellas has de contar con la variaci&oacute;n del tipo de cambio.</p>
<h3>Adsense</h3>
<p>Adsense es b&aacute;sicamente un programa de Publicidad en L&iacute;nea de Google con  el cual miles de webmasters en todo el mundo han podido obtener  ingresos de sus webs. Para m&aacute;s informaci&oacute;n puedes consultar la secci&oacute;n de <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/adsense">Adsense</a> de esta web, y art&iacute;culos como; <a title="" href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/adsense/ganar-dinero-adsense-web.php">ganar dinero con Adsense en tu web</a> o <a title="" href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/adsense/consejos-para-principiantes-de-adsense.php">consejos para principiantes de Adsense</a>.</p>
<h3>Post Patrocinados</h3>
<p>Los <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/marketing/como-hacer-buen-analisis-patrocinado.php">post patrocinados</a> los proporcionan servicios como <a href="http://zync.es">Zync.es</a>.  Consiste en que una empresa offline o una web te pide que hables de su  producto/p&aacute;gina web. Habitualmente y al ser los pagos por PayPal no te  retienen ni impuestos ni tienes forma de tributar sobre ello.</p>
<h3>Links Patrocinados</h3>
<p>Es servicio estrella es <a href="http://linklift.es">LinkLift</a>, aunque existen otras como <a href="http://teliad.es">Teliad</a>.  Ambas de or&iacute;gen Alem&aacute;n suelen hacer las cosas bastante bien y no s&oacute;lo  te separan el dinero de cada tipo de enlace para tu publicidad sino que  adem&aacute;s te pasan mensualmente una factura de todos los movimientos que  te han realizado durante ese mes los clientes. </p>
<p>En  ocasiones muchos de ellos a&uacute;n no lo has cobrado teni&eacute;ndolos de forma  electr&oacute;nica en su web, pero en cuanto lo deseas lo cobras y as&iacute; lo  contabilizas y tributas con la factura que te han enviado.</p>
<h3>Publicidad Directa</h3>
<p>Es  la que habitualmente para los bloggers que no tributan (ya que son  estudiantes por ejemplo) tienen m&aacute;s problemas para contabilizar; sobre  todo por que muchas de las empresas al gastarse el dinero siempre le  piden al blogger/webmaster una factura sobre esa publicidad.</p>
<h2>Tratamiento fiscal y laboral </h2>
<p>Vamos a ver el tratamiento fiscal y laboral al que se deben someter todos los ingresos que recibimos por estos negocios.</p>
<p>Seg&uacute;n las actividades relacionadas por Miguel en el <a href="http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/webmasters-y-bloggers-empresarios-en-internet-i">primer post de la serie</a>, todas estas actividades tienen la consideraci&oacute;n de actividad empresarial o profesional.<br />
    <span id="more-520"></span><br />
  <br />
    <strong>A nivel fiscal </strong>tenemos que diferenciar entre las  actividades que reportan ingresos por difusi&oacute;n de publicidad como  Adsense o enlaces patrocinados, de los servicios de mantenimiento,  dise&ntilde;o y gesti&oacute;n de p&aacute;ginas webs.</p>
<p>Para los ingresos de fuente publicitaria, el alta en el IAE en donde se encuadra esta actividad es en el grupo I <strong>ep&iacute;grafe 844 </strong>del &iacute;ndice de act&iacute;vidades econ&oacute;micas. Se corresponde con <em>&ldquo;Servicios de publicidad, relaciones p&uacute;blicas y similares&rdquo;.</em></p>
<p>En  el caso de hosting programaci&oacute;n y <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/diseno-web/como-hacer-presupuestos-para-diseno-web.php">dise&ntilde;o de p&aacute;ginas webs</a>, as&iacute; como  todas las labores que pueda desempe&ntilde;ar un webmaster en la gesti&oacute;n de  p&aacute;ginas el correspondiente <strong>ep&iacute;grafe es el 845 </strong>que se define como la <em>&ldquo;Explotaci&oacute;n electr&oacute;nica por cuenta de terceros&rdquo;.</em></p>
<p>Estas  actividades tienen su correpondencia con la oportuna actividad  profesional, pero es preferible encuadrarse bajo actividad profesional  que bajo actividad empresarial, aunque pr&aacute;cticamente no existe  diferencia fiscal entre ambas.</p>
<p>&iquest;Es obligatorio darse de alta en aut&oacute;nomos? Os adelanto que <strong>no es siempre obligatorio darse de alta como aut&oacute;nomo </strong>para llevar a cabo estas labores empresariales. </p>
<h2>Beneficios de los Bloggers </h2>
<p>Ahora v amos a centrarnos en  los beneficios que reciben los bloggers, como &ldquo;empleados&rdquo; de los  webmasters de los que ya hemos hablado. Es decir, separamos la  identidad de blogger como aquella persona cuya misi&oacute;n &uacute;nica es realizar  un trabajo y por lo que recibe una contraprestaci&oacute;n a cambio.<br />
    <!--more--><br />
  <br />
  Fundamentalmente se podr&iacute;an definir dos tipos de contraprestaci&oacute;n o remuneraci&oacute;n que reciben los bloggers:</p>
<h3>Sueldo de los bloggers</h3>
<p>Independiente de la forma y cuant&iacute;a puede llegar a ser suficientemente  cuantioso como para registrarlo ante la Hacienda P&uacute;blica. Suele ser  recibido mediante paypal o transferencia bancaria. Casi todas las  empresas que actualmente cuenta con bloggers tienen varios niveles  dependiendo de la cuant&iacute;a recibida de forma mensual, por lo que puede  estar en plantilla o no.</p>
<h3>Prueba de Productos</h3>
<p>Sobre &eacute;sto hay dos servicios fundamentalmente, <a href="http://bloguzz.com">Bloguzz</a> y <a href="http://www.b-r-m.net/">BRM</a>.  Consiste en que te pueden tocar distintos productos a probar para m&aacute;s  tarde hablar sobre ellos en tu web. Aunque realmente no es dinero real  en grandes cantidad o sorteos deber&iacute;a contabilizarse o mejor dicho  podr&iacute;a como bien en especie. Actualmente son productos de baja cuant&iacute;a  pero en caso de que vaya aumentando podr&iacute;a empezar a tributar.</p>
<p>En  este &uacute;ltimo punto habr&iacute;a que contar tambi&eacute;n con la posibilidad de que  los productos no fueran de ninguna de &eacute;stas dos plataformas, sino que  empresas que deseen recibir publicidad en forma de art&iacute;culo en alg&uacute;n  lugar regale alguno de sus productos o realice alguna campa&ntilde;a  espec&iacute;fica para ello.</p>
<p>Adem&aacute;s como dec&iacute;amos arriba el tipo de  relaci&oacute;n que puede tener un blogger para con la empresa puede ser por  ejemplo siendo empleado; aunque tambi&eacute;n cabr&iacute;a la posibilidad de que  hubiera un acuerdo de colaboraci&oacute;n o acuerdo mercantil con condiciones  especiales.</p>
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		<title>¿Qué significa en pocas palabras el término Copyleft?</title>
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		<pubDate>Tue, 08 Jul 2008 10:43:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Verónica Milán</dc:creator>
				<category><![CDATA[Temas Legales]]></category>

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		<description><![CDATA[Explicación sobre el significado y repercusión del uso de las licencias copyleft en nuestros trabajos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>definición de copyleft</strong> más pura sería que es una implementación del termino copyright que ya hemos explicado anteriormente. Este concepto  surge con el propósito de salvaguardar la libre circulación del código  fuente del software informático, y de proteger toda la inteligencia y  el trabajo que este conlleva. Radica en poner a disposición de la  libertad de copia, la legislación de <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/legal/copyright-copyleft-creative-commons.php">copyright</a> a modo de protección, en  lugar de restringirlas.</p>
<p>En el tipo más abierto de la expresión de copyleft, el autor  confiere todos los derechos que él posee sobre su trabajo a todos los  usuarios de la misma, poniendo como única condición que cualquier  trabajo derivado de un trabajo protegido con copyleft, debe mantener  las mismas condiciones y libertades.</p>
<p>Por todo ello en general se señala que posee un carácter &#8220;seminal&#8221;,  también denominado &#8220;vírico&#8221;, por el hecho de aseverar que la obra que  es libre nunca dejará de serlo, salvo a costa de vulnerar la ley de  copyright.</p>
<p>Podría darse el caso de existir software libre que no sea copyleft, ya  que este concepto exige que cualquier obra derivada que quiera  distribuirse, debe hacerse en las misma condiciones (misma licencia)  que lo recibiste.</p>
<p><a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/legal/10-razones-para-utilizar-copyleft.php">Copyleft</a> es el baluarte legal y político del software libre por medio  de su implementación en la <a href="http://www.lawebera.es/gnu-gfdl.php">licencia GPL</a> (Licencia Pública General) o  GNU. Se ha efectuado también con éxito en libros de tipo técnico y en  documentación técnica (licencia GNU FDL).</p>
<p>En los últimos años, los defensores del movimiento copyleft están  comenzando a llevarlo a cabo en otros campos también, como es el de la  música. Cabe destacar, que se hace necesario indicar la especificidad  de cada campo o ámbito al que se refiera, ya que lo que es bueno para  el software libre como la modificación, no necesariamente tiene que ser  atractivo para otras formas de expresión, como en un ensayo literario o  en una obra musical.</p>
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		<title>10 razones para utilizar licencias copyleft</title>
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		<pubDate>Sun, 18 Mar 2007 22:39:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Verónica Milán</dc:creator>
				<category><![CDATA[Temas Legales]]></category>

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		<description><![CDATA[Razones explicadas para utilizar la licencia Copyleft. Ventajas de este sistema de distribuci&#243;n de conocimiento.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<h2>Porqué utilizar la licencia Copyleft</h2>
<p>Cada día es más utilizada la <strong>licencia copyleft</strong> en  distintos ámbitos que abarcan desde el software, hasta un libro, una  canción, una web o un periódico, y ello hace que los defensores e  impulsores de esta forma de compartir libremente el conocimiento y las  ideas, seamos cada día un poco más optimistas.</p>
<p>En este artículo quiero exponer diversas buenas  razones por las que te puedes decantar por escoger este tipo de  <strong>licencia abierta</strong>. Aquí os enumero una lista con las razones o motivos  por los que usar <strong>copyleft</strong>:</p>
<p><span class="azul">1.- Libertad e independencia para escoger que licencia se adapta mejor a tus objetivos</span></p>
<p>Cuando eliges una<a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/legal/copyright-copyleft-creative-commons.php"> licencia copyleft</a>, no concedes  tus derechos de autor a terceros, sino que eres tú mismo, el que como  autor decide como quieres proteger tu trabajo. Mantienes el control  sobre la obra sin que nadie ejerza un poder sobre ella. Además no  dependes de ninguna sociedad gestora que gestione tus derechos  autónomamente.</p>
<p><span class="azul">2.- Confianza y garantía de que tus trabajos disponen de una licencia segura y legal</span></p>
<p>Tus trabajos van a disponer de una cobertura legal  que asegura los mismos de un uso diferente al grado de protección que  has elegido, y estos quedan protegidos totalmente al igual que una  licencia tipo <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/legal/copyright-copyleft-creative-commons.php">copyright</a>. Desde este tipo de licencias se aboga por el  concepto de &#8220;algunos derechos reservados&#8221;, como término medio entre el  dominio público y el restrictivo copyright cerrado.</p>
<p><span class="azul">3.- Autoría y propiedad de tus trabajos garantizada</span></p>
<p>Una vez que registras tus obras o trabajos, la  licencia deja claramente señalada la autoría del mismo y que ésta debe  quedar siempre reconocida en reproducciones o modificaciones  posteriores.</p>
<p><span class="azul">4.- La perpetuidad de la licencia que tú decides para tu trabajo</span></p>
<p>El tipo de licencia que escoges va a perdurar en  el tiempo aunque se reproduzca, se copie o se hagan obras derivadas del  original. Una condición inherente del copyleft y del efecto vírico que lo caracteriza, es que la licencia inicialmente escogida se  transmitirá de un trabajo a otro, asegurando así que nadie se va a  beneficiar de tu trabajo cambiándolo a un copyright cerrado.</p>
<p><span class="azul">5.- La ventaja de poder llegar a un elevado número de personas</span></p>
<p>El copyleft defiende el concepto de compartir las  ideas y el conocimiento. Esta libertad de reproducción es la que hace  que se pueda llegar a un amplio número de personas y es una inmejorable  forma de hacerse con un prestigio profesional y una forma de conseguir  el éxito y el reconocimiento del público, cuando se trata del ámbito  artístico. Una gran parte de los autores de trabajos bajo licencias  abiertas, consiguen importantes beneficios, gracias a su popularidad,  impartiendo conferencias, cursos o charlas, además de otras  posibilidades que se abren gracias al carácter libre y abierto del  copyleft y de la inestimable ayuda de Internet.</p>
<p><span class="azul">6.- Gratuidad de obtención de la licencia y de promocionar un trabajo</span></p>
<p>Las licencias copyleft son de carácter gratuito,  es decir no tienes que abonar ninguna cantidad a la hora de registrar  tu obra o trabajo bajo este tipo de licencias, lo que hace que sea  además de sencillo e independiente, totalmente económico el poder  promocionar y divulgar tus creaciones.</p>
<p><span class="azul">7.- Dispones del valor añadido de las posibles modificaciones y mejoras de tus trabajos </span></p>
<p>Si has escogido la licencia que permite realizar  obras derivadas, cuando esto ocurra, como el copyleft se hereda de un  trabajo a otro, estarás en disposición de aprovecharte de los progresos  que se hayan podido efectuar en tu obra original.</p>
<p><span class="azul">8.- Beneficios estratégicos del copyleft</span></p>
<p>Gracias al empleo de la estrategia copyleft en  nuestros trabajos podemos conseguir importantes ventajas que suponen  una clara mejora, por ejemplo en conseguir una posición privilegiada en  los buscadores. Mediante la libre copia y distribución de la  información y los contenidos de los trabajos u obras bajo copyleft, se  obtienen enlaces externos de calidad que sitúan dichos trabajos en  inmejorable posición en el <a href="http://www.lawebera.es/posicionamiento/">posicionamiento web</a>.</p>
<p><span class="azul">9.- Beneficios comerciales del copyleft</span></p>
<p>Se suele tender a confundir el idealismo  libertario del movimiento copyleft con la imposibilidad de obtener  plusvalías económicas y un rendimiento de tus trabajos, pero esto no es  así. Existen múltiples formas para poder rentabilizar el esfuerzo  invertido en nuestros trabajos o creaciones, ya que el copyleft además  de una licencia abierta representa ciertamente una nueva forma de  <a href="http://www.lawebera.es/posicionamiento/">promoción web</a> y de <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/marketing/">marketing</a> que nos otorga la posibilidad de ganar dinero  mediante la participación en congresos, cursos, conferencias o  colaboraciones en distintos medios. Además de puede obtener una  contraprestación económica cuando se requieren nuestros trabajos para  un uso comercial de ellos. En el caso de los artistas, disponen de la  mejor plataforma en la actualidad para darse a conocer como es  Internet, si tu obra gusta y llega al público no tardará en disponer de  oportunidades para ganar dinero en conciertos, exposiciones,  merchandising, etc.</p>
<p><span class="azul">10.-  Participas en una clara apuesta por la difusión universal de la cultura</span></p>
<p>El conocimiento no conoce dueños ni propietarios,  sino que es un gran valor de entendimiento e inteligencia que se ha  retroalimentado a lo largo de los tiempos de unas a otras mentes para  que la sociedad progrese y sea cada día un poco mejor.</p>
<p>En conclusión creo que esta son muchas y buenas  razones para decidirse claramente por las <strong>licencias copyleft</strong>, que  impulsan la libertad de copia y la libre circulación de las ideas y del  conocimiento.</p>
<p>Por tanto pienso que es una inmejorable  herramienta para transmitir lo que pensamos y sentimos las personas,  además de servir de manera inestimable para el reconocimiento de los  autores de los trabajos y las obras.</p>
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		<title>Copyright, Copyleft y Creative Commons</title>
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		<pubDate>Mon, 26 Feb 2007 17:41:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Verónica Milán</dc:creator>
				<category><![CDATA[Temas Legales]]></category>

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		<description><![CDATA[Pol&#233;mica entre &#34;todos los derechos reservados&#34; (copyright) y &#34;algunos derechos reservados&#34; (copyleft).]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Con la aparición de las nuevas tecnologías, cambia un gran paradigma  sobre la creación artística. Ya no existe sólo una pequeña élite de  creadores solitarios sin contacto con el mundo. Tampoco existe sólo un  grupo reducido de productores y generadores de contenidos dueños de las  redes de distribución. Principalmente gracias a la masificación de los  computadores personales, prácticamente todo el mundo está en  condiciones de ser un gestor de contenidos o un creador de obras  artísticas. Internet está lleno de aquellos ejemplos, siendo el  fenómeno de las bitácoras personales o weblogs tal vez el más notable,  ya que frente a la mirada cada vez más unívoca de los medios de  comunicación tradicionales, los bloggers constituyen una brisa de aire  puro y una avalancha de contenidos cada vez más novedosos, críticos y  confiables.</p>
<p>La  aparición de esta avalancha de contenidos ha dado paso a una discusión  cada vez más masificada acerca de los alcances del derecho de autor, y <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/legal/10-razones-para-utilizar-copyleft.php">Creative Commons</a> intenta dar una respuesta coherente a esta dinámica a  través de una posición que compatibiliza los dos principios en juego,  el de remuneración justa a los autores por las explotaciones no  autorizadas y el de libre acceso a la creación cultural. La garantía de  remuneración justa en un sistema equilibrado y bien ordenado debe ir de  la mano con un sistema que otorgue garantías de acceso al público, no  desde la lógica meramente mercantil que identifica la relación  artista-público como productor-consumidor, sino desde una perspectiva  integradora, que comprenda la calidad de bien público del acceso al  conocimiento.</p>
<p>Creative Commons es una organización no  gubernamental que tiene como objetivo promover el dominio público y la  masificación de la cultura, ofreciendo un modelo <a href="http://www.lawebera.es/comunidad/articulos/legal/">legal</a> que facilita la  distribución de contenidos. Para estos efectos, Creative Commons  permite que creadores y artistas puedan especificar que sus obras se  pueden distribuir, copiar o modificar, sin que quien lo haga tenga que  pedir les permiso. Si un creador quiere estar protegido por el  copyright, no necesita hacer nada, el sistema lo protege  automáticamente. Pero si un creador quiere resguardar sólo ciertos  derechos, y permitir que su obra pueda ser –por ejemplo- traducida a  otro idioma, el sistema por default no se lo permite. Por defecto, el  sistema legal le reserva todos los derechos sobre ella lo que significa  que si usted quisiera entonarle a su enamorada una versión musicalizada  del Poema 20 de Pablo Neruda, estaría cometiendo un delito y podría ser  condenado a una pena criminal de entre 61 a 540 días de prisión y una  multa que oscila entre $153.510 y $1.535.100.</p>
<p>La adopción de  alguna de las licencias Creative Commons permite evitar estos absurdos  legales, y asegurar a los autores que su obra pueda ser reutilizada con  las limitaciones que desee, que van desde la mera Atribución o  Reconocimiento de autoría, hasta la posibilidad de no permitir que se  hagan obras derivadas a partir de la original. Todo a través de un  mecanismo digital muy intuitivo, y sin necesidad de pasar por alguna  oficina de abogados. Paradójicamente es un sistema creado por abogados  para evitar a los abogados.</p>
<p>Si el principio regente del sistema  del copyright es el famoso “Todos los derechos reservados”, el  principio subyacente de Creative Commons es “Algunos Derechos  Reservados”. Licenciando con Creative Commons, los creadores no sólo  conservan la libertad creativa, sino que también obtienen libertad para  ceder los derechos que deseen. Es en definitiva, dejar de sostener una  visión paternalista de la creación artística y permite darles voz a los  creadores acerca de los usos futuros de sus obras.</p>
<p>Todo indica  que las nuevas tecnologías nos llevan irremediablemente a la  masificación de la producción cultural, por lo que seguir creyendo que  la única forma de acabar con los usos no permitidos de obras protegidas  pasa por el aumento de las penas criminales para los infractores, es  sencillamente no entender la dinámica de estos nuevos tiempos y por lo  pronto significa sacrificar un bien mayor para la satisfacción de una  visión parcelada y parcial acerca de la protección de los derechos de  autor. Creative Commons viene a llenar un espacio permitiendo que la  difusión de la cultura y la masificación del conocimiento.</p>
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